Matrimonio civil entre chileno y extranjero: proceso migratorio y registro

Celebrar matrimonio civil entre una persona chilena y una extranjera implica coordinar dos esferas jurídicas: la del Registro Civil y la del Servicio Nacional de Migraciones. Quien planee casarse en Chile debe reunir documentos apostillados, pasar por la audiencia de información, reservar hora en el Registro Civil, y —si lo desea— solicitar la residencia temporal por vínculo familiar. El siguiente desarrollo explica cada hito, expone las bases legales (Ley 19 947 y Ley 21 325) y detalla la inscripción del matrimonio extranjero en Chile. Así garantizas un trámite sin contratiempos y mantienes tu situación migratoria protegida.
Marco normativo que regula el matrimonio civil binacional
Ley de Matrimonio Civil y Código Civil
La Ley 19 947 define requisitos de existencia y validez, exige oficial civil competente y prohíbe 14 impedimentos dirimentes. Los impedimentos absolutos figuran en su artículo 5 (coligados, menores de 16 años, entre otros). El Código Civil mantiene reglas supletorias sobre régimen patrimonial y efectos personales.
Ley 21 325 de Migraciones
Reconoce el derecho a la reunificación familiar y crea la residencia temporal por vínculo con chileno (artículo 110) . La norma obliga al Servicio Nacional de Migraciones a suspender sanciones mientras se formaliza la residencia del cónyuge extranjero.
Convenio de La Haya sobre Apostilla
Chile aplica apostilla única para acreditar validez de documentos extranjeros sin doble legalización, agilizando las actas de nacimiento y certificados de soltería 5.
Documentos indispensables para cada contrayente
Persona chilena
- Cédula de identidad vigente.
- Certificado de nacimiento para matrimonio, descargable gratis con Firma Electrónica Avanzada.
- Si estuvo casado: sentencia de divorcio inscrita.
Persona extranjera
- Pasaporte o cédula nacional vigente.
- Certificado de nacimiento apostillado y traducido cuando no esté en español 5.
- Certificado de soltería o capacidad matrimonial expedido por su país y apostillado.
- Permiso de estadía válido; si es turista bastará el documento migratorio de ingreso.
Traducciones oficiales
Si el documento está en idioma distinto del español, se debe acompañar traducción jurada hecha en Chile o en origen y también apostillada.
Reserva de hora y audiencia de información
Reserva electrónica
El Registro Civil dispone del portal de reservas solicitudeswebrc.srcei.cl, donde cualquiera de los novios agenda fecha hasta con 12 meses de anticipación. Para validar la cita se paga un derecho de 1,68 UTM (matrimonio en oficina) o 2,52 UTM (fuera de oficina) según tarifa 2025. El sistema envía comprobante PDF con Firma Electrónica Avanzada.
Audiencia de información e impedimentos
Al menos 30 días antes del enlace, los contrayentes comparecen presencialmente con dos testigos mayores de edad; el oficial civil verifica identidad y ausencia de impedimentos. Si alguno no habla español, se exige intérprete.
Declaración de domicilio
La Ley 19 947 obliga a indicar el domicilio común. El extranjero que aún no arrienda puede declarar la dirección del chileno; luego deberá actualizarla en Migraciones dentro de 30 días.
Ceremonia y registro digital
Celebración del matrimonio
La ceremonia puede realizarse en la oficina del Registro Civil o en domicilio particular. Deben asistir los mismos dos testigos de la audiencia, portar cédulas vigentes y firmar el acta digital 1.
Emisión del acta electrónica
El oficial civil firma electrónicamente el acta; ésta queda inscrita en línea y puede descargarse inmediatamente sin costo desde registrocivil.cl. El certificado con firma electrónica avanzada tiene plena validez ante Migraciones.
Efectos migratorios: residencia temporal por vínculo con chileno
Quiénes pueden solicitarla
El cónyuge extranjero que cuente con certificado de matrimonio inscrito en Chile —o inscrito en un consulado y luego en el Registro Civil— accede a la subcategoría “Reunificación familiar” de residencia temporal.
Trámite en línea
- Crear cuenta en tramites.serviciomigraciones.cl.
- Seleccionar “Residencia Temporal” > “Vínculo con chileno”.
- Adjuntar PDF del certificado de matrimonio y cédulas de ambos.
- Pagar arancel de 90 USD (resolución 2025) vía Webpay.
El permiso inicial tiene vigencia de 2 años y permite trabajar sin autorización adicional.
Protección frente a estafas o divorcio
Si el extranjero sufre vulneración de derechos (estafa laboral o violencia intrafamiliar) antes de obtener residencia definitiva, puede pedir cambio de categoría invocando razones humanitarias sin perder estatus.
Inscripción de matrimonio celebrado en el extranjero
Procedimiento consular
El cónyuge chileno solicita inscripción en el consulado portando certificado internacional de matrimonio apostillado y traducción, si procede. El consulado envía la inscripción electrónica al Registro Civil.
Reconocimiento en Chile
Una vez inscrito, el matrimonio produce efectos civiles plenos: régimen patrimonial, herencia y derecho a residencia temporal del cónyuge —si aún no la posee—.
Diferencias con el Acuerdo de Unión Civil
Normativa aplicable
El AUC está regulado por la Ley 20 830 y puede celebrarse ante notario; no genera automáticamente la subcategoría de residencia por vínculo con chileno, aunque sirve como antecedente para tramitarla.
Preguntas frecuentes
¿Puedo contraer matrimonio con visa de turista?
Sí. La normativa no exige visa previa para casarse; basta estar legalmente en Chile como turista.
¿Cuándo puedo optar a residencia definitiva?
Tras dos años de residencia temporal por vínculo familiar, siempre que no hayas estado más de 180 días continuos fuera del país.
¿Se puede cambiar la fecha de la ceremonia?
La reserva online permite reprogramar una única vez, hasta cinco días antes, desde el mismo portal del Registro Civil.
¿Qué pasa si mis documentos extranjeros caducan antes del matrimonio?
Mientras el certificado haya sido emitido hace menos de 90 días y esté apostillado, no se exige vigencia posterior; si caduca, deberás tramitar uno nuevo.
Un matrimonio binacional bien planificado en Chile requiere sincronizar Registro Civil y Migraciones: reunir certificados apostillados, superar la audiencia de información, obtener el acta digital y solicitar la residencia temporal por vínculo. Cumplidos estos pasos, el cónyuge extranjero disfruta de trabajo pleno y camino expedito a la residencia definitiva, mientras la pareja accede a todos los derechos civiles chilenos.

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